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El Peatón: Deberes y Responsabilidades (M5-T2)

El CNTT establece deberes y prohibiciones a los peatones. Tiene todo un capítulo dedicado al peatón; quien viene siendo el eslabón débil dentro de la actividad de tránsito.

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Pero debemos dejar claro que el peatón no es sólo la victima, también puede llegar a ser el victimario. El peatón también puede obstaculizar, perjudicar o poner en riesgo a los demás. El peatón debe conocer y cumplir las normas y señales de tránsito que le sean aplicables y acatar las indicaciones que le den las autoridades de tránsito.

Peatones obstaculizando en el andén

La Real Academia Española no indica que el deber es «estar obligado a algo por la ley divina, natural o positiva». (Diccionario RAE)

Circulación peatonal:

El tránsito de peatones por las vías públicas se hará por fuera de las zonas destinadas al tránsito de vehículos (La calzada). Cuando un peatón requiera cruzar una vía vehicular, lo hará respetando las seña de tránsito y cerciorándose de que no existe peligro para hacerlo.

Peatón cruzando por la calzada (zona destinada al tránsito de vehículos)

Veamos el siguiente vídeo:

Evidenciamos que la primera mujer no tuvo en cuenta el riesgo, y la segunda mujer se aseguró de no correr riesgo al cruzar la vía.

Prohibiciones a los peatones

Los peatones no podrán:
1. Llevar, sin las debidas precauciones, elementos que puedan afectar el tránsito de otros peatones o actores de la vía.
2. Cruzar por sitios no permitidos o transitar sobre el guardavías del ferrocarril.
3. Remolcarse de vehículos en movimiento.
4. Actuar de manera que ponga en peligro su integridad física.
5. Cruzar la vía atravesando el tráfico vehicular en lugares en donde existen pasos peatonales.
6. Ocupar la zona de seguridad y protección de la vía férrea, la cual se establece a una distancia no menor de doce (12) metros a lado y lado del eje de la vía férrea.
7. Subirse o bajarse de los vehículos, estando estos en movimiento, cualquiera que sea la operación o maniobra que estén realizando.
8. Transitar por los túneles, puentes y viaductos de las vías férreas.

Cuando el peatón incurre en una prohibición, puede ser sujeto a un comparendo. Y la multa asciende al valor de un (1) salario mínimo legal diario vigente (SMLDV)

Zonas seguras para los peatones

Dentro del perímetro urbano, el cruce debe hacerse solo por las zonas autorizadas:

  • Puentes peatonales
Puente Peatonal
  • Los pasos peatonales o cruce cebra
Paso Peatonal
  • Las bocacalles
Peatón cruzando por la bocacalle

El peatón al cruzar la vía por estas zonas autorizadas, tiene la prelación sobre los vehículos. Le corresponde al conductor esperar que el peatón cruce con plena seguridad.

Al peatón hay que protegerlo y perdonarlo. No debemos insultarlo ni maltratarlo, aunque él sea quien cometa la imprudencia.

Limitaciones a peatones especiales

Los peatones que se enuncian a continuación deberán ser acompañados, al cruzar las vías, por personas mayores de dieciséis años:

  • Las personas que padezcan de trastornos mentales permanentes o transitorios.
  • Las personas que se encuentren bajo el influjo de alcohol, drogas alucinógenas y de medicamentos o sustancias que disminuyan sus reflejos.
  • Los invidentes, los sordomudos, salvo que su capacitación o entrenamiento o la utilización de ayudas o aparatos ortopédicos los habiliten para cruzar las vías por sí mismos.
  • Los menores de seis (6) años.
  • Los ancianos.

NOTA: Anciano es a partir de los 60 años de edad. Una persona entre los 55 y 60 años de edad, se le podría tildar de anciano si sus condiciones físicas, vitales y psicológicas así lo de determinan.

Deberes y Responsabilidades:

1) Comportarnos en forma que no obstaculicemos, perjudiquemos o pongamos en riesgo a las demás
2) Conocer y cumplir las normas y señales de tránsito que nos sean aplicables
3) Obedecer las indicaciones que les den las autoridades de tránsito.
4) Cerciorarnos que no existe peligro al cruzar una vía.
5) No caminar distraído
6) Respetar el espacio de los demás.
7) Andar sin afanes
8) Caminar por la derecha y sólo la izquierda para adelantar
9) Asumir una actitud positiva y solidaria

Peatones que no transitan por el Cruce regulado por semáforo

ACTIVIDADES PARA REALIZAR:

Sopa de letras

Completar textos

Crucigrama

Aspectos legales del CNTT para tener en cuenta:

Art 1 Art 2 Art 55 Art 57 Art 58 Art 59 Art 63

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